La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) emitió la Recomendación 13/2026, dirigida a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO), tras acreditar violaciones a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal por actos de tortura, así como al acceso a la justicia en su modalidad de procuración y al derecho a la verdad, cometidas en agravio de una persona que fue detenida por personas servidoras públicas de la Agencia Estatal de Investigaciones.
De acuerdo con las evidencias integradas en el expediente, los hechos ocurrieron el 29 de octubre de 2014, cuando la persona agraviada fue detenida mientras conducía sobre la carretera 147, en jurisdicción de San Juan Bautista Valle Nacional. Durante la detención fue sometido a golpes, amenazas e intimidación, debido a ello tuvo que ser hospitalizado.
Por lo anterior, este Organismo Autónomo, en el ejercicio de sus facultades de investigación y esclarecimiento de los hechos, tuvo acceso a los certificados médicos generados por la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de Oaxaca ahora FGEO, mismos que dieron cuenta de las múltiples lesiones ocasionadas al agraviado durante su detención; asimismo, se valoraron dictámenes médicos y psicológicos independientes, y se emitieron los propios de esta institución protectora de los derechos humanos; derivado de éstos y otros elementos de convicción, se puedo establecer la concordancia entre la narrativa de la víctima, sus lesiones físicas y las secuelas emocionales presentadas, mismas que corroboraron actos de tortura.
Asimismo, la DDHPO documentó inactividad e inadecuada integración de la carpeta de investigación iniciada para investigar dicho delito por parte de las autoridades ministeriales, a pesar de que la indagatoria fue ordenada por un tribunal desde noviembre de 2015, el expediente se mantuvo en trámite sin lograr su judicialización, por lo que, la falta de una investigación pronta y diligente derivó en una vulneración al derecho a la procuración de justicia; asimismo, dado que la víctima falleció en reclusión en octubre de 2024, sin que el Estado le procurara justicia en vida, se estima que también se transgredió, de forma irreparable, su derecho a la verdad.
Ante estos hechos, esta Defensoría recomendó a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, entre otras medidas, la inscripción de la víctima directa, así como de los familiares que acrediten el carácter de víctimas indirectas, en el Registro Estatal de Víctimas; otorgar atención psicológica y tanatológica a quienes acrediten la condición de víctimas indirectas; iniciar el procedimiento administrativo de investigación correspondiente en contra de las personas servidoras públicas responsables; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad y disculpa pública; implementar cursos integrales y capacitaciones enfocados en la prevención de la tortura, e instaurar un mecanismo interno de seguimiento, supervisión y control para las carpetas de investigación por los delitos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes y delitos vinculados.
Es fundamental precisar que, en su análisis de contexto, la DDHPO subraya la persistencia de deficiencias estructurales en la investigación de la tortura, ubicándose Oaxaca entre los primeros lugares a nivel nacional en expedientes e investigaciones abiertas por este delito.
Por ello, este Organismo Autónomo sostiene su compromiso con las víctimas y con la erradicación de la tortura y dará el seguimiento correspondiente para el total cumplimiento de la presente Recomendación.
La atención a las Recomendaciones emitidas por la DDHPO contribuyen a la no repetición de violaciones a derechos humanos.








