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  • El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Oaxaca invita a las personas que no cuentan con seguridad social acceder a los servicios médicos que ofrece la institución, mediante el pago de cuotas anuales anticipadas.

De acuerdo con la encargada de la jefatura de Afiliación y Cobranza, en el estado, Miriam Mendieta Bourguet, en base al Art. 95 de la Ley del Seguro Social, toda aquella persona que no sea sujeta a un régimen obligatorio en algún sistema de seguridad social puede acceder a los servicios médicos que ofrece el instituto, como: asistencia médico-quirúrgico, farmacéutico, hospitalario y maternidad. En caso de maternidad, se otorga atención durante el embarazo, el alumbramiento y el puerperio.

 

Cualquier persona puede adquirir el seguro médico, contratando de manera voluntaria, y a través de un convenio en función de la edad del solicitante, se determina la cuota anual a cubrir por cada asegurado, otorgándole así el derecho a la cobertura de servicios médicos durante ese año.

 

Debido a la contingencia, este y otros servicios pueden ser validados a través del “Escritorio Virtual” desde el portal de internet www.imss.gob.mx/derechoH/escritorio-virtual,  o bien, desde la aplicación IMSS Digital.

 

Al adquirir el seguro, las personas que estarán amparadas son el asegurado y su núcleo familiar:

 

  • Cónyuge o concubina.
  • Hijos (as), padre y la madre del solicitante del Seguro y, abuelos, nietos, hermanos, primos, hijos de los hermanos y hermanos de los padres del sujeto de aseguramiento.

 

Únicamente se requiere Número de Seguridad Social (NSS) del trabajador a once dígitos y CURP de cada miembro de la familia a quien se le contratará el  aseguramiento, llenar un cuestionario médico y cubrir el pago de la cuota anual.

 

Cabe destacar que el servicio también puede ser contratado por mexicanos que viven en el extranjero y que no cuenten con un esquema de seguridad social.

 

La cobertura inicia el primer día del mes siguiente a su contratación y se puede adquirir en cualquier época del año; además, en caso de que el asegurado desee continuar con su seguro, debe efectuarse su renovación dentro de los 30 días naturales anteriores al vencer el año calendario, expresó Mendieta Bourguet.

 

 

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AVISO DE CONFIDENCIALIDAD: Instituto Mexicano del Seguro Social, Avenida Paseo de la Reforma número 476, Col. Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06600, Tel: 5552382700 www.imss.gob.mx Este mensaje y sus anexos pueden contener información confidencial. Si usted no es el destinatario de este mensaje, se le notifica que cualquier revisión, retransmisión, distribución, copiado u otro uso o acto realizado con base en lo relacionado con el contenido de este mensaje y sus anexos, están prohibidos. Si usted ha recibido este mensaje y sus anexos por error, le suplicamos lo notifique al remitente respondiendo el presente correo electrónico y borre el presente y sus anexos de su sistema sin conservar copia de los mismos. Este correo electrónico no pretende ni debe ser considerado como constitutivo de ninguna relación legal, contractual o de otra índole similar.