Valida TEEO elecciones en los municipios de Santa Cruz Xoxocotlán y El Barrio de la Soledad
- Acredita acciones de obstrucción al ejercicio del cargo atribuidos a la presidenta y secretario del municipio de Santiago Choapam.
Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 23 de junio de 2025.- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), validó la elección de autoridades en la colonia Benemérito de las Américas perteneciente al municipio de Santa Cruz Xoxocotlán y en la agencia de Estación Almoloya del municipio El Barrio de la Soledad.
En el primer caso, a través del Juicio de la ciudadanía indígena, con clave: JDCI/23/2025, el Pleno expuso que la elección celebrada el 9 de febrero del presente año para el periodo 2025-2027, cumplió con los requisitos establecidos por el sistema normativo interno de la colonia.
En el expediente analizado por la Ponencia a cargo de la magistrada presidenta, Sandra Pérez Cruz, además advierte, “que la persona que resultó electa en la asamblea de nueve de febrero del dos mil veinticinco, cumplió con todos los requisitos de la convocatoria y presentó su documentación ante la autoridad municipal”.
El TEEO declaró infundado el agravio reclamado por varias personas, respecto a la omisión de no expedirles sus acreditaciones como integrantes del comité de dicha colonia, ya que en las pruebas presentadas ante este Órgano Jurisdiccional no exhibieron documentos que los acredite como tal.
Además, la asamblea que desarrollaron el 15 de diciembre en la que supuestamente fueron electos, tiene inconsistencias que vulneran su sistema de elección.
Respecto al Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, identificado con la clave: JDC/48/2025, analizado por la Ponencia de la magistrada Gloria Ángeles Cruz López; este Tribunal ordenó al presidente del Ayuntamiento de El Barrio la Soledad, expida el nombramiento y tome protesta de ley al candidato de la agencia municipal de Estación Almoloya, tras declarar jurídicamente válida la elección.
“Si bien dentro del expediente existen dos actas, de la lectura de las mismas se constata que se trata de una sola asamblea y que los hechos narrados en estas guardan identidad, así de su análisis es posible constatar que dicha asamblea fue realizada conforme a la forma tradicional de la Agencia Municipal”, expuso la ponencia.
La Ponencia de la magistrada Elizabeth Bautista Velasco, integró y analizó el expediente del Juicio Ciudadano, identificado con la clave: JDC/74/2025, en el que las magistradas que integran el Pleno, acreditaron la obstrucción al ejercicio del cargo promovido por el Regidor de Hacienda del Ayuntamiento de Santiago Choápam.
Declararon fundados los agravios que corresponden por la omisión de convocarlo a las sesiones de cabildo y la falta del pago de dietas desde la primera quincena del mes de enero del 2025, a la fecha.
Por lo anterior, este Tribunal ordenó a la presidenta municipal y secretario, restituir al actor en el uso y goce de sus derechos político electorales vulnerados.